Bono Patio
El programa conocido como “bono patio” consiste en la construcción de una segunda vivienda en el mismo terreno de un familiar. El lote debe cumplir con las características que indique la municipalidad.
La familia solicitante del bono y la familia dueña del terreno deben estar emparentadas en al menos uno de los integrantes de cada familia, por relación de consanguinidad, afinidad o parentesco colateral hasta el tercer grado inclusive.
Requisitos :
- Tener núcleo familiar establecido.
- No haber recibido bono anteriormente.
- No tener más de una propiedad a su nombre.
- Ingresos máximos permitidos de ¢1.656.000, el monto del bono a calificar va directamente relacionado a los ingresos del núcleo familiar.
- No tener deudas con la CCSS.
- No tener deudas en Cobro Judicial.
- Tener un lote que no sea segregable según Municipalidad.
- El lote puede contar ya con una construcción o para construir dos viviendas a la vez.
- La propiedad no debe estar hipotecada.
- Contar con segunda disponibilidad del ICE y AyA.
- Contar con hasta tercer grado de consanguinidad para donación de derecho.
- Contar con entrada con medida mínima de 3 metros a la futura construcción.
- Inscripción de copropiedad en donde ambas familias sean dueñas del 50% del Terreno.